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Guía sobre el tratamiento de las fotos como datos personales

Por lo general cuando se habla de datos personales, lo primero a lo que se hace referencia es a una dirección, un teléfono o números de cuentas bancarias, entre otros. Si bien esto es correcto, generalmente se olvida que también el rostro, es decir la imagen propia, puede entregar información biométrica importante que se debe proteger o manejar correctamente.

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Para entender cómo funciona este tema en Colombia, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) construyó la “Guía para el tratamiento Adecuado de las Fotografías como Datos Personales”, una hoja de ruta que tiene como propósito presentar algunas sugerencias a los responsables y encargados del tratamiento de fotos, con miras a orientarlos para que no incurran en ninguna irregularidad al respecto, y teniendo en cuenta la regulación sobre el tratamiento de datos personales. Recordemos que cualquier actividad que se realice con fotos debe respetar la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución.

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La guía también habla acerca de otros temas como derechos de autor; derecho de imagen o actos de competencia desleal en fotos; fotografías en el ámbito personal o doméstico; y fotos para fines periodísticos y editoriales.

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Normatividad vigente

No todas las fotografías son un dato personal. Solo lo serán aquellas en las que se permita establecer la identidad de una o varias personas naturales en particular. Así mismo, para la recolección y uso de fotos como datos personales sensibles deben observarse las reglas especiales señaladas en el artículo 6 del Decreto 1377 de 201317, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 9 y 12 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012.

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Así las cosas, en esta guía podrás saber acerca de las fotos:

– …desde diversas perspectivas jurídicas.
– …como documento que contiene datos personales sensibles.
– …en el ámbito personal o doméstico.
– …para fines periodísticos y editoriales.

Y algunas recomendaciones cómo:

– Obtener autorización previa, expresa e informada para tomar fotos y usarlas.
– Verificar la procedencia legítima de las fotos que le suministran terceros.
– Cómo tratar fotos de menores de 18 años, de acuerdo con reglas especiales.
– Cómo informar al fotografiado (titular del dato) los fines específicos para los cuales se usarán las fotos.
– Abstenerse de obtener fotos de manera engañosa y no asumir que las fotos de acceso público pueden ser usadas libremente.
– Cómo exigir el respeto de la regulación de Protección de Datos a terceros que contrate para tratar fotos.

Cabe mencionar que el contenido publicado en el documento expedido por la Superindustria menciona solamente algunos de los deberes legales sobre el tratamiento de fotografías como datos personales, pero es importante que los interesados en este tema consulten las demás normas vigentes, pues la omisión de algunas de ellas en la presente guía no los exime de cumplir con la totalidad de las obligaciones jurídicas.

Si quieres consultar la Guía para el tratamiento Adecuado de las Fotografías como Datos Personales, haz clic aquí.

Imágenes: Marek desde Pexels,  Expect Best desde Pexels, Lisa Fotios desde Pexels

28 respuestas a “Guía sobre el tratamiento de las fotos como datos personales”

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